DE LA ACADEMIA
Introducción
Gabriel Carrasquilla Gutiérrez.1
1. Presidente, 2023-2025 de la Academia Nacional de Medicina.
Correspondencia: presidencia@anmdecolombia.org.co
Esta
sección es de especial relevancia por ser la revista uno de los medios
de comunicación institucional y porque a través de ella se presentan
los conceptos y lineamientos éticos y de desarrollo de política pública
que la Academia realiza. En este número se publican tres comunicados y
un concepto ético realizados durante el segundo trimestre de 2023.
La
Academia Nacional de Medicina convocó en marzo de 2021 a las
organizaciones que hicieron parte de la Gran Junta Médica, que en 2015
presentó al Congreso de la República la propuesta de la Ley Estatutaria
de Salud (LES), aprobada como Ley 1751 de 2015. Se invitaron a otras
organizaciones del sector salud con el fin de proponer los puntos
mínimos que se debían desarrollar para cumplir con lo establecido en la
LES de 2015 que, hasta ese momento, había tenido una implementación muy
parcial. Como resultado se establecieron 14 Acuerdos Fundamentales que
se han presentado, desde enero de 2022, como la propuesta de varias de
las organizaciones académicas y gremiales más representativas del país,
para el desarrollo e implementación de la LES, lo que se ha hecho ante
la Cámara de Representantes, Senado de la República, Gobierno Nacional
y otras entidades gubernamentales como Defensoría del Pueblo,
Procuraduría General de la Nación, también en foros académicos y de
discusión del Proyecto de Ley 339 de reforma al sector salud. Para la
Academia Nacional de Salud y las organizaciones participantes en los
Acuerdos Fundamentales, la reforma al sector salud se hizo con la
promulgación de la LES 1751 de 2015 que resuelve muy buena parte de los
puntos que la propuesta del gobierno nacional contiene.
En
este número de MEDICINA se presentan tres comunicaciones de Acuerdos
Fundamentales, coordinados por la Academia de Medicina, sobre aspectos
del PL 339 que consideramos deben ser tenidos en cuenta para una mejor
comprensión y desarrollo de la LES. Los comunicados 005 y 006 de abril
de 2023, cuando se iniciaba el debate en la Comisión Séptima de la
Cámara de Representantes presenta, además de los puntos con los cuales
nos identificamos con los contenidos en el proyecto de ley,
consideraciones sobre la gobernanza del sistema (Consejo Nacional de
Salud), el periodo de transición, la gestión de riesgo en salud,
operativo y financiero, sobre la capacidad del ADRES de asumir, en un
periodo corto de tiempo, las funciones que se le asignan, sobre comités
de ética hospitalaria y de autorregulación y se insiste sobre la lucha
contra la corrupción. Se debe anotar que varias de las observaciones
enviadas a la comisión séptima fueron acogidas por los representantes e
incluidas en el proyecto de ley aprobado en esta comisión.
El
Comunicado 007 de mayo de 2023, enviado al Congreso de la República, al
Gobierno Nacional y a los partidos políticos cuando iniciaba el segundo
debate, ya en plenaria de cámara de representantes y que se hizo
después de analizar el proyecto aprobado en primer debate en la
comisión séptima. En este comunicado se incluye, como en el anterior,
los puntos que con los cuales nos identificamos, y resaltamos aquellos
que, por nuestra sugerencia, fueron incluidos en la versión final y
aprobada en comisión séptima. Igualmente, incluimos cinco aspectos
estructurales con recomendaciones de aclaración y mejor desarrollo que
se refieren a financiación, aseguramiento, sistema de información,
redes integrales e integradas (RIIS) y talento humano en salud. Al
final de este comunicado instamos al Congreso y al Ministerio de Salud y
Protección Social a orientar el debate con rigor técnico, académico y
en beneficio de la salud de todos los colombianos.
En
abril de 2023 la Academia de Medicina envió a la Comisión Primera de
Cámara de Representantes el concepto sobre el Proyecto de Ley Estatutaria 345 de 2023 Cámara “Por medio del cual se regula la subrogación uterina para la gestación en Colombia” El pronunciamiento, desarrollado por la comisión de ética de la Academia, establece que “La
Academia considera que la normatividad que se establece cumple con el
deber de proteger a las mujeres que, de forma altruista optan por
solidarizarse con las personas o parejas que tienen problemas para
concebir y encuentran en la gestación subrogada una alternativa viable
para conformar una familia”. En su
concepto la Academia hace algunas consideraciones específicas en temas
como el acuerdo de subrogación o los requisitos habilitantes, por mencionar solo dos de estas consideraciones.