Juan Jacobo Rousseau (1712-1778) en
el libro I de su
obra
El Contrato
Social (1762) escribió: “Me propongo
investigar si dentro del radio del orden civil, y considerando los
hombres tal cual ellos son y las leyes tal cual
pueden ser, existe alguna fórmula de administración
legítima y permanente”. En esta obra se fundamenta
la filosofía liberal que establece la dirección suprema
de la voluntad del pueblo, la libertad y la igualdad de
los ciudadanos. Rousseau plantea que “… en el momento en que el
gobierno usurpa la soberanía, el contrato social se rompe; y los
simples ciudadanos que
entran por derecho en su libertad natural tienen que
obedecer no por obligación, sino por violencia”.
Releyendo la obra de Rousseau y a algunos comentaristas encuentro que
el contrato social de la Medicina
se ha roto por la acción de los entes intermediarios,
las EPS, desde su posición dominante en nuestro fallido Sistema General
de Seguridad Social en Salud
(SGSSS) que estableció la Ley 100 de diciembre 23
de 1993, de la cual fue ponente el entonces senador
Álvaro Uribe Vélez.
En efecto, la Medicina que es una profesión enfrentada al
comportamiento impredecible del organismo
humano y que, como tal, debe tener autonomía en la
toma de decisiones, hoy se ve sometida a la gobernanza por la
burocracia de la intermediación financiera.
Con ello, la Medicina pasa a ser un oficio al servicio de las
aseguradoras, todas de carácter privado. Es algo
ominoso: la desprofesionalización de la Medicina.
La Medicina es una ciencia y es una profesión. Como profesión posee
cuatro dominios que caracterizan a todas las
profesiones: conocimiento especializado, que es su capital
intelectual, y en el caso de la Medicina es el más vasto
y el de más rápido recambio; autonomía intelectual en la
toma de decisiones; compromiso de servicio a la sociedad;
y autorregulación. El
Charter on
Medical Professionalism, un
documento preparado por líderes de la Medicina de los
Estados Unidos y Europa publicado en 2002, comienza
así: “El profesionalismo es el fundamento del contrato social de la
Medicina con la sociedad” (1).
El SGSSS debilita el profesionalismo médico porque
no ha contribuido al enriquecimiento del capital intelectual de la
Medicina, ni a la investigación que determina el crecimiento del
conocimiento biomédico, ni a
bibliotecas ni a centros de información, ni a la necesaria capacitación
del personal de salud. Representa una
interferencia permanente con la autonomía médica en
la toma de decisiones. Su compromiso es con el lucro
y no con el servicio a la sociedad y coloca toda clase de barreras a
los pacientes, que denomina clientes,
para la prestación de un servicio al cual tienen pleno
derecho, porque la salud es un derecho humano fundamental. Colombia es
el único país del mundo donde
el paciente tiene que acudir a un juez mediante tutela para que se le
preste el servicio que determina la ley.
Finalmente, está acabando con la autorregulación,
cuando la Medicina es, seguramente, la más autorregulada entre todas
las profesiones.
1 †
(1927-2020). Miembro Honorario de la Academia Nacional de Medicina.
Miembro del Consejo Superior de la Universidad Nacional. Profesor
Honorario Universidad Nacional, Universidad de los Andes. Bogotá,
Colombia.
Como lo escribe S.R. Cruess (2), el término contrato
social de la Medicina, para significar su relación con
la sociedad, se fundamenta en profesionalismo que
asegura la competencia, altruismo en la prestación del
servicio, moralidad e integralidad, responsabilidad y
transparencia, consejería y promoción de la salud y
del bienestar público.
Pero estos principios realmente son milenarios, porque
vienen desde Hipócrates de Cos (c. 460-377 a.C.), quien
estableció el riguroso marco ético, moral y deontológico para el
ejercicio de la profesión, “construyó la Medicina no sólo como método,
sino también como sistema” y “dio al médico la más elevada inspiración
que
jamás haya tenido.” El cirujano inglés Stephen Paget
(1855-1926) en su obra
Confessio
medici dice: “Porque si
la vida del médico no es una profesión divina, entonces
ninguna vida es vocación y nada es divino”.
Los médicos en ejercicio están unidos por un compromiso de servicio
altruista a la sociedad. Es el
fundamento de su contrato social. Su ejercicio está
estrictamente autorregulado mediante los comités hospitalarios, los
tribunales de ética médica, los
comités de las asociaciones y sociedades científicas y
demás instancias. Tan amplia autorregulación no existe en el resto de
las profesiones y, sin embargo, hoy la
regulación ha pasado a manos de las intermediarias
financieras. De nuevo surge el fantasma ominoso de la
desprofesionalización de la Medicina.
La malograda Ley 100 de 1993 convirtió la salud en una
mercancía y la atención de la salud en un vil negocio.
Las EPS han consumido gran parte de los recursos de
la salud que son parafiscales con destinación específica
para convertirlos en dineros privados, mientras la cartera de los
hospitales asciende cada año y ya ha llegado
a cifras que parecen impagables. Entre tanto, los hospitales públicos,
que son la columna vertebral del sistema
de salud, se debaten en una crisis profunda y ven cómo
su tecnología se ha hecho obsoleta y no se ve manera de
modernizarla. Solo en Colombia el gobierno tolera, y
realmente parece propiciar, lo que ha ocurrido con Saludcoop, Cafesalud
y Medimás. Y, sin embargo, el pasado ministro de salud, el distinguido
economista Alejandro Gaviria, se abstuvo de implementar la Ley 1751
de 2015, estatutaria de salud, en contra de lo enunciado
por el Presidente Santos el 16 de febrero con motivo de
su sanción. La Ley 1751 restablece la autonomía médica y permite el
paso a un modelo no comercial de
atención de la salud, con el cual se pueda restablecer el
contrato social de la Medicina.
Tan profunda crisis de la salud en Colombia, ha roto
el sacrosanto contrato social de la Medicina, aunque
los ministros de salud y economistas consideran que
el nuestro es uno de los mejores sistemas de salud del
mundo (!!!).
Tal ruptura es muy grave, porque la salud es un derecho humano
fundamental y porque la atención de
la salud es uno de los pilares de la estructura social,
como son, por ejemplo, la justicia o la policía.
Como en la obra de Rousseau, el SGSSS usurpa la soberanía del ejercicio
de la atención de la salud, rompe
el contrato social de la Medicina “y los simples ciudadanos que entran
por derecho en su libertad natural
tienen que obedecer por…violencia”. Por la violenta e
inhumana actuación de la intermediación financiera.
Referencias
1. Harris J Jr. It is time to cancel
medicine´s social contract
metaphor. Academic Medicine 2017; 92: 1236-40.
2. Cruess S.R. Professionalism and
medicine´s social contract with society. Clin Orthop Relat Res 2006;
449: 170-6.
Recibido: : 20 de febrero de 2020
Aceptado: 21 de febrero de 2020